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Consejo Académico

Imagen ilustrativa

Es la máxima autoridad académica de la Universidad Surcolombiana y se encuentra conformado por:










  1. Representante (Principal) de los Estudiantes
    Oscar Hernán Hougton
    u20161147178@usco.edu.co
  2. Representante (Suplente) de los Estudiantes
    Juan Pablo Ángel Mazo
    juanpamangel@gmail.com
  3. Representante (Suplente) de los Docentes
    Fernando Galindo Perdomo
    fernando.galindo@usco.edu.co
  4. Representante (Principal) de los Docentes
    Alma Yiseth Gutíerrez
    almayiseth.gutierrez@usco.edu.co

Funciones del Consejo Académico

  • Decidir sobre el desarrollo académico de la Universidad en lo relativo a la docencia,   especialmente   en   cuanto   se  refiera   a   programas   académicos, a investigación extensión y bienestar universitario acordes con el plan de desarrollo aprobado por el Consejo Superior.
  • Considerar el proyecto de presupuesto preparado por las unidades académicas y recomendarlo al Consejo Superior Universitario.
  • Designar un Decano como su representante ante el Consejo Superior.
  • Actuar como organismo de segunda instancia en relación con los Consejos de Facultad o de las dependencias de nivel universitario en cuanto corresponde a las decisiones académicas susceptibles de apelación.
  • Proponer al Consejo Superior el plan de desarrullo institucional.
  • Conceptuar sobre la creación, suspensión o supresión de programas académicos.
  • Rendir informe semestral al Consejo Superior Universitario sobre la gestión realizada.
  • Aprobar las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil.
  • Proponer al Consejo Superior las políticas sobre estímulos y condiciones que considere necesarios con miras a propiciar y fomentar la investigación, la asesoría, la capacitación del profesorado y en general todas las actividades que tiendan a elevar el nivel académico.
  • Establecer, dirigir y evaluar los procesos necesarios para la acreditación de la Universidad Surculombiana.
  • Revisar y adoptar los planes y programas de estudios, al tenor de las normas legales.
  • Conceptuar sobre la planta de personal docente de la Universidad.
  • Recomendar al Consejo Superior, la temporalidad de los programas académicos de pregrado y postgrados.
  • Proponer al Consejo Superior, de acuerdo con los planes de capacitación, los candidatos a las comisiones de estudio, periodo sabático y a las distinciones establecidas en los reglamentos, teniendo en cuenta las recomendaciones del Comité de Selección y Evaluación del personal Docente.
  • Aprobar las dedicaciones exclusivas para los docentes, presentadas por el Consejo de Facultad.
  • Darse su propio Reglamento.
  • Aprobar los criterios de admisión de los estudiantes.
  • Aprobar las comisiones de estudio según los Estatutos y los planes de capacitación.
  • Conceder las distinciones de profesor distinguido, profesor emérito y profesor honorario.
  • Los demás que le asignen las normas legales.

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