Centro de Conciliación
Preguntas y Respuestas Frecuentes
Servicios
El Centro de Conciliación de la Universidad Surcolombiana, ofrece a los usuarios de los estratos socioeconómicos 0, 1 y 2:
- Asesorías relacionadas con los asuntos objeto de conciliación y/o transacción
- Declaración y disolución de Unión marital de hecho
- Liquidación de la sociedad patrimonial de hecho
- Asesorías para la solución de cualquier tipo de conflicto que se presente en su vida cotidiana
- Audiencias de conciliación en todos los campos del Derecho, salvo asuntos laborales, administrativos y aquellos cuyas cuantías excedan los 40 S.M.L.M.V. Y en caso de tener una cuantía superior, éstas audiencias serán realizadas por el Secretario del Centro y/o el Director del mismo.
Preguntas y respuestas frecuentes
¿Cómo se hace el trámite de conciliación?
El trámite de conciliación se hace de forma rápida en donde se reúnen las partes en presencia de un conciliador en donde dialogan con el fin de solucionar un conflicto.
¿Es obligatorio realizar la diligencia de conciliación?
Intentar la conciliación es obligatoria cuando por virtud de la ley 640 es requisito de procedibilidad, es decir, sin la cual no se puede acudir a la jurisdicción ya que la demanda será rechazada.
¿Qué ventajas o beneficios obtengo en la diligencia de conciliación?
La conciliación es un medio alternativo de solución de conflictos ágil y económico en términos de tiempo y dinero; además es una alternativa que no es desgastante para las partes ya que no van a tener que estar acudiendo a un juzgado en repetidas ocasiones sino que en una sola van a solucionar los conflictos.
¿Quién o quiénes son los conciliadores del Centro de Conciliación?
Los estudiantes de décimo semestre de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la USCO, los cuales están capacitados en el tema.
¿Qué documentos debo presentar con la solicitud de conciliación?
Los necesarios que permitan demostrar los hechos narrados en la solicitud de audiencia.
¿Cuánto debo esperar para realización de la audiencia de conciliación?
En nuestro Centro, las audiencias se realizan de forma rápida y a más tardar en el transcurso de un mes se está notificando a las partes para desarrollar la audiencia.
¿Qué ocurre si la parte convocada no asiste a la diligencia de conciliación?
Se le concede el término de ley, que son (3) días para que justifique su inasistencia; si pasado ese término no se justifica, se expide la constancia de no comparecencia.
¿Debo pagar algún dinero por el servicio que se presta en el Centro de Conciliación?
La conciliación no tiene costo en los centros de conciliación de los consultorios jurídicos, entidades públicas o funcionarios públicos habilitados por la ley para conciliar.
¿Puedo pedir varias veces la diligencia de conciliación?
Si pero cuando sea sobre hechos diferentes
Contacto
Número de teléfono: (57) (8) 871 2474
e-mail: conciliemosusco@gmail.com
blog: http://conciliemosusco.blogspot.com.co/
Neiva, Huila, Carrera 2 No. 8 - 05, local 2010